ROF

Actualmente estamos a la expectativa de la publicación de los nuevos Reglamentos de Organización y Funcionamiento para nuestros Centros, no obstante, el artículo 128 de la LEA, establece: Que el reglamento de organización y funcionamiento recogerá las normas organizativas y funcionales que faciliten la consecución del clima adecuado para alcanzar los objetivos que el centro se haya propuesto y permitan mantener un ambiente de respeto, confianza y colaboración entre todos los sectores de la comunidad educativa.

El Reglamento de Organización y funcionamiento contemplará los siguientes aspectos:

  • Los cauces de participación de los distintos sectores de la comunidad educativa.
  • Los criterios y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente, especialmente en los procesos relacionados con la escolarización y la evaluación del alumnado.
  • La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro, con especial referencia al uso de la biblioteca escolar, así como las normas para su uso correcto.
  • La organización de la vigilancia, en su caso, de los tiempos de recreo y de los períodos de entrada y salida de clase.
    Cualesquiera otros que le sean atribuidos por la Administración educativa y, en general, todos aquellos aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro no contemplados en la normativa vigente, a la que, en todo caso, deberá supeditarse.
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